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Obligados e Información a reportar

Entrenamiento exógena 2020.
Dirección De Impuestos y Aduanas Nacionales
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OBLIGADOS E INFORMACIÓN A REPORTAR AÑO GRAVABLE 2020 E.T. Art. 631 RESOLUCIÓN 000070/2019
TÍTULO V
INFORMACIÓN QUE DEBE SER REPORTADA ANUALMENTE POR LAS
PERSONAS NATURALES Y SUS ASIMILADAS, PERSONAS JURÍDICAS Y SUS
ASIMILADAS, ENTES PÚBLICOS, Y DEMÁS ENTIDADES
Las personas naturales y sus asimiladas, personas jurídicas y sus asimiladas, entes públicos
y demás entidades señaladas en los literales d), e), f), g), h), i), j) y k) del artículo 1 de la
presente resolución, deben presentar la siguiente información por año gravable, según lo
establecido en los artículos 631 y 631-3 del Estatuto Tributario, el artículo 2.8.4.3.1.2. del
Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 y el artículo 2.2.9.3.7 del Decreto Único 1072
del 2015.

Literal:
OBLIGADOS E INFORMACIÓN A REPORTAR
Tipo persona
Art 1
Información a reportar TÍTULO V
b)
e)
c)
f)
d)
e) y f)
i)
h)
a)
d) y k)
g)
1
ZZ
A través de los servicios informáticos electrónicos, haciendo uso del Instrumento de Firma Electronica (IFE)
Retefuente Practicada
Pagos o Devengos en cuenta
Retefuente que le practicaron
Ingresos Recibidos
Descuentos tributarios
IVA Descontable IVA Generado
Deudores a Dic 31
Pasivos a Dic 31
Socios o accionistas
Datos Declaración
Ingreso recibidos para terceros
2
Juridica
E
Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2019 o en el año gravable 2020 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).
Formato 1001 Versión 10
Formato 1001 Versión 10 *Formato 2276 Versión 3
Formato 1003 Versión 7
Formato 1007 Versión 9
Formato 1004 Versión 7
Formato 1005 Versión 7 Formato 1006 Versión 8
Formato 1008 Versión 7
Formato 1009 Versión 7
Formato 1010 Versión 8
Formato 1012 Versión 7 Formato 1011 Versión 6
**Formato 1647 Versión 2
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* El formato 2276 debe ser enviado por todas las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos por concepto de rentas laborales y estén obligados a presentar cualquier tipo de información. Se adiciona por medio de la resolución 00023 de marzo-12-2021 al art. 35 el siguiente parágrafo: Parágrafo 6. La información correspondiente al aporte voluntario COVID-19 no debe ser reportada en el formato 2276 y la retención del impuesto COVID-19 se debe reportar en la casilla: Valor de las retenciones en la fuente por pagos de rentas de trabajo o pensiones del formato 2276.”
**solo si durante el año 2020 llegaron a recibir o facturar ingresos para tercero; Este reporte, por tanto, aplica solo cuando hubo un intermediario que recibió o facturó el ingreso por cuenta de un tercero pero siendo el caso que dicho tercero no lo había facturado previamente con su propia facturación

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