Dentro de las revisiones efectuadas se toma la estructura del archivo XML en XSD de acuerdo al . y se lleva la información a formato Excel para corroborar si existe la infracción emitida en el pliego de cargo No. expediente 202182350100013037 de fecha 2 0 2 1- 0 8- 0 6 , donde cita: causa del hecho; Por la no presentación, envío o transmisión de la información exógena cambiaria en los términos y condiciones dispuestos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante la Resolución 09147 de 2006, o por la norma que haga sus veces; o por presentarla o transmitirla de manera incompleta, incorrecta o con datos equivocados o inconsistentes se impondrá una multa equivalente a doscientas (200) Unidades de Valor Tributario (UVT) por cada periodo incumplido. dando como resultado en las verificaciones realizadas la no presentación del numeral cambiario de acuerdo a la información referida en pliego de cargo No. expediente 202182350100013037 de fecha 2 0 2 1- 0 8- 0 6.
Cabe señalar que en la verificación se pudo observar que el campo señalado en el pliego de cargos como reintegro neto de exportación y se resalta que no fue informado; se verifica y se encuentra dentro de los XML remitidos en la exógena cambiaria.
adjunto los archivo donde se evidencia la no presentación de la información.